La Responsabilidad de los Propietarios en la Seguridad Estructural: Un Compromiso con la Vida

Este artículo tiene como propósito orientar y concienciar a los propietarios de edificaciones de uso público sobre su deber legal de inspeccionar estructuralmente sus inmuebles y adecuarlos a las normativas sísmicas vigentes en la República Dominicana. Basado en los reglamentos nacionales y principios constitucionales, se destaca la importancia de la evaluación periódica de las estructuras, la responsabilidad civil que implica el incumplimiento y la necesidad de garantizar la seguridad de las personas frente a los riesgos sísmicos y estructurales.

PREVENCION Y SEGURIDADPOLITICA Y SOCIEDAD

Ing. Andres Nova

4/26/20252 min read

La Responsabilidad de los Propietarios en la Seguridad Estructural:

Un Compromiso con la Vida

Por:Ing. Andres Nova

La seguridad de los ciudadanos es un derecho fundamental consagrado en la Constitución de la República Dominicana​. En materia de edificaciones, este principio se traduce en un deber claro e ineludible para los propietarios de inmuebles, especialmente aquellos que albergan gran concurrencia de personas como centros comerciales, hospitales, colegios, iglesias, oficinas públicas y privadas.

¿Qué exige la normativa vigente?

El Reglamento R-004 de Supervisión e Inspección de Obras​ establece que toda edificación existente debe ser objeto de inspección periódica para evaluar su condición estructural. Este reglamento aplica a obras tanto públicas como privadas, y busca prevenir colapsos y fallos que pongan en riesgo vidas humanas.

Por otro lado, el Reglamento Sísmico R-001​ obliga a que los edificios sean diseñados, construidos y mantenidos conforme a criterios actualizados de resistencia sísmica, tomando en cuenta que República Dominicana es un país de alta amenaza sísmica.

La realidad es que muchas edificaciones existentes fueron diseñadas antes de las normas actuales y no cumplen con los niveles mínimos de protección sísmica exigidos hoy día. Según el principio del Estado de Derecho, la seguridad de las personas no puede dejarse al azar ni a la antigüedad de una construcción.

El deber legal del propietario

De acuerdo al Código Civil​ y la normativa técnica vigente:

  • Los propietarios de locales de concurrencia pública tienen el deber de mantener sus inmuebles en condiciones de seguridad estructural.

  • Esto incluye realizar evaluaciones técnicas periódicas por profesionales acreditados en ingeniería civil estructural.

  • En caso de detectar riesgos estructurales o deficiencias sísmicas, el propietario debe implementar las adecuaciones necesarias conforme al Reglamento R-001 y demás normas aplicables.

  • Ignorar estas responsabilidades puede derivar en responsabilidad civil y penal en caso de siniestros.

¿Qué deben hacer los propietarios hoy?

  1. Contratar una evaluación estructural de su edificio realizada por ingenieros especializados y registrados ante los organismos competentes (CODIA, MOPC).

  2. Adecuar la estructura a las normativas sísmicas actuales si presenta vulnerabilidades.

  3. Mantener la documentación actualizada sobre las inspecciones, evaluaciones y refuerzos realizados.

  4. Informar a las autoridades si la edificación presenta condiciones críticas que ameriten medidas extraordinarias (refuerzo urgente, desalojo temporal o clausura parcial).

Conclusión: Prevenir es proteger vidas

No inspeccionar, no reforzar o no adecuar una edificación no es simplemente un descuido administrativo: es un acto de negligencia grave que puede costar vidas humanas.

El compromiso de todos los  propietarios, profesionales, autoridades y usuarios,  es hacer de cada edificio un lugar seguro. Cumplir con las inspecciones estructurales y las adecuaciones sísmicas no es una opción: es un deber legal y ético.

Porque la seguridad estructural no espera, ¡actuemos ahora!